Un poco de soberbia
Ideeleradio.- Es muy preocupante la actitud del Congreso, que procede con un poco de soberbia en el proceso de elección del nuevo titular de la Defensoría del Pueblo, y que desacata la decisión del Poder Judicial, sostuvo sostuvo Úrsula Indacochea, directora del Programa de Independencia Judicial de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF).
Fue al referirse la decisión del Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, que despacha el magistrado John Javier Paredes Salas, que ordena al Parlamento suspender el proceso de elección del defensor del Pueblo.
“Nosotros encontramos que existían bases para presentar esa demanda [que impulsó el Sindicato de Trabajadores de la Defensoría], y que ahora la decisión del Congreso de continuar es un desacato de la decisión del juez, que si [al Congreso] no les gusta, existen mecanismos para impugnarla”, indicó en diálogo con Ideeleradio.
“[Existen mecanismos para impugnarla], pero vemos que el Congreso ha arremetido y ha amenazado con denunciar al juez en la vía disciplinaria. No sé si en alguna otra vía también, pero es muy preocupante la actitud del Congreso, porque diría que es un poco de soberbia, de no haber aprendido de los errores cometidos en el proceso anterior, y haber empeorado incluso la situación”, agregó.
Anomalías graves
Indacochea Prevost recordó que la anterior comisión especial para elegir al defensor del Pueblo tenía, entre otras deficiencias, el estar conformado por 10 parlamentarios, cuando la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo señala que son nueve.
“Este es el segundo proceso que lleva a cabo este Congreso. El primero fue el del Tribunal Constitucional, que terminó hace poco. Sin embargo, las anomalías son mucho más graves que las anteriores, porque el proceso no tiene ni siquiera salvaguardas de participación ciudadana, y desde un comienzo este proceso tenía irregularidades muy claras que cualquier juez puede constatar fácilmente”, manifestó.
“[Una de estas era] el incumplimiento del número máximo de integrantes de la Comisión especial, que, según la Ley Orgánica de la Defensoría, no puede ser más de nueve, y, sin embargo, en la práctica se tenía 10 integrantes, y ese décimo integrante era la presidenta del Congreso, lo cual es particularmente grave”, refirió.
Capacidades y méritos
La abogada cuestionó, asimismo, que la idea del proceso de elección es lograr que la persona nombrada sea una persona con las capacidades para ejercer el cargo, en la que prime la meritocracia.
“El problema que tiene [este proceso] es que no se estarían eligiendo personas por sus méritos, sino por otro tipo de razones, que son ocultas al escrutinio social, y que no benefician a la Defensoría. Por otro lado, hemos visto algunas declaraciones de algunos congresistas, que decían que esto les compete a ellos [el Congreso], y que lo eligen mañana si ellos quieren [al defensor (a)] y ya está. Y no es así. Los procedimientos tienen una razón de ser, y la razón de ser es garantizar un resultado”, declaró.
“El resultado perfecto no existe, pero los procedimientos buscan racionalizar esas voluntades políticas, lograr que la persona elegida sea una persona con las capacidades para ejercer el cargo. Es un cargo muy importante, y la Defensoría del pueblo ha tenido un rol importante en los últimos años”, apuntó.
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— Ideeleradio (@ideeleradio) June 30, 2022