Jorge Meléndez - Ideeleradio
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Si el Congreso no la aprueba

Ideeleradio.– El presidente de la República, Martín Vizcarra, debería hacer cuestión de confianza con el tema de la reforma política y del sistema de justicia, si esta no es aprobada por el Congreso de la República, sostuvo el vocero alterno de Peruanos por el Kambio, Jorge Meléndez.

“[¿El presidente debería hacer cuestión de confianza la reforma política y judicial si no es aprobada por el Congreso?] Yo creo que sí debería ir a la cuestión de confianza, por la misma experiencia que hemos pasado con el presidente Kuczynski”, declaró en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.

“Yo creo que esta es una lección aprendida y no debemos correr la misma suerte, pero ahora hay una denuncia en el Tribunal Constitucional, porque el fujimorismo aliado con el Apra, han hecho un cambio en el reglamento para desconocer la primera cuestión de confianza que solicitó el expremier Fernando Zavala, de modo tal que la primera que solicite César Villanueva sea consideraba la primera”, argumentó.

En ese sentido, dijo que esperan que el Tribunal Constitucional (TC) se pronuncie pronto sobre la demanda de inconstitucionalidad que presentaron por el cambio de Reglamento del Congreso que entre otras cosas desconoce la renuncia del expresidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala, tras ser rechazada su cuestión de confianza.

“Entonces, esperamos prontamente que el Tribunal Constitucional se pronuncie y se desconozca al gabinete del expresidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala, sea consideraba como la primera cuestión de confianza. Hay una demanda en el TC sobre eso presentada por nuestra bancada y esperamos que la audiencia sea próximamente y podamos tener un fallo a favor”, añadió.

Como se sabe, meses atrás el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de ley, impulsado por el aprista Mauricio Mulder, que propone modificar un inciso (e) del artículo 86 del Reglamento del Congreso, referente a la moción de censura y cuestión de confianza. Tras la aprobación de dicha norma se estableció que en caso de la “crisis total del Gabinete”, ningún ministro saliente pueda ser designado en el Consejo de Ministros siguiente.

Cabe precisar que el artículo 134 de la Constitución Política del Estado establece que el presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si éste ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros.

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