Proceso constitucional de amparo
Ideeleradio.- La demanda de amparo, presentada por la Federación de las Comunidades Nativas del Alto Curaray y Arabela (Feconaca) contra el Ministerio de Cultura, que busca que se anule el reconocimiento de los pueblos en aislamiento de la Reserva Indígena solicitada Napo Tigre no tiene pies ni cabeza, enfatizó Federico Contreras, abogado de la Organización Regional de los Pueblos Indígenas del Oriente (Orpio).
“[Hay] un proceso constitucional de amparo que ha presentado los hermanos de Feconaca, una organización que tiene dentro de sus bases a cinco o cuatro comunidades. En ese sentido, lo que ellos están solicitando es desconocer directamente el decreto supremo que reconoce a los pueblos indígenas de Napo Tigre”, informó en diálogo con Ideeleradio.
“Entonces, en realidad es una expresión de esta organización [(Feconaca] de presentar una acción de amparo que no tiene pies ni cabeza, porque lo que profundiza la petición de la acción de amparo es que se reconozca el derecho a la consulta previa sobre el reconocimiento del pueblo indígena”, puntualizó.
Declararse infundada
El abogado explicó que, dentro del proceso, Feconaca no ha presentado documento o expresión directa de cuál es la afectación, tras el reconocimiento formal de la existencia de los pueblos indígenas aislados en la Reserva Indígena solicitada Napo Tigre.
“Recordemos que este proceso constitucional tiene condiciones en el cual se tiene que probar cuál es la afectación. Eso es lo que no ha sucedido y como no ha sucedido ello, esta demanda debería quedar infundada en todos los extremos”, explicó.
Subrayó que la defensa legal de la Organización Regional de los Pueblos Indígenas del Oriente (Orpio) considera que el proceso de consulta previa se tiene que desarrollar sobre la categorización definitiva, pero no sobre el reconocimiento.
“[…] Napo Tigre recién tiene un decreto supremo de reconocimiento y se está trabajando en el proceso de categorización definitiva. Por lo tanto, esta demanda caería en infundada”, insistió.
“Ya el 2017, con una directiva, el Ministerio de Cultura se pronunció sobre ello y determinó que no se tiene ningún tipo de afectación de derechos para reconocer un pueblo, pero sí se podría tener algún tipo de afectación de derechos cuando se desarrollan las actuaciones para la categorización definitiva. Esto es asignarle un territorio, pero en este caso no ha sucedido”, aseveró.
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— Ideeleradio (@ideeleradio) October 10, 2023