Ideeleradio.- La aplicación de penas leves en los recientes casos de violencia familiar no tienen relación con el nuevo código procesal penal sino con la interpretación de los operadores que aplican la ley, señaló Carlos Zoe, secretario técnico de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal.
“La aplicación de una sanción en el caso de las lesiones [de violencia familiar] que hemos visto, responde más por la interpretación de operadores de la ley penal sustantiva que al nuevo código procesal penal propiamente dicho”, indicó en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.
“Hay un tema que comprender, la reforma procesal penal forma parte de una política mayor que es la política criminal del Estado. La primera se llama prevención y es algo que en el Perú no existe o es mínima. Ahí debe haber un tema de prevención de parte del Estado a nivel de políticas públicas”, añadió.
Desproporcionalidad en penas
Asimismo, sostuvo que la responsabilidad de la desproporcional pena impuesta a Silvana Buscaglia, a quien el Poder Judicial condenó a seis años de prisión por agredir a un policía, recae en el código penal y no en el código procesal penal, ya que este último se ocupa de los procesos y no de la aplicación de la ley.
“No es responsabilidad del nuevo código procesal penal en el caso Silvia Buscaglia de que la pena impuesta contra la señora Buscaglia sea desproporcionada, sino es un tema del código penal que ya tenemos del año 91”, indicó.