Suficiencia y solidez
Ideeleradio.- Hay una debida motivación en la resolución de detención preventiva dictada en contra de Keiko Fujimori, en la que se habla de sospecha grave respecto a los hechos atribuidos por el Ministerio Público y de actos que serían obstruccionistas, opinó Yván Montoya, exintegrante de la Procuraduría Ad hoc.
Fue al referirse a la decisión del magistrado Víctor Zúñiga Urday, quien dispuso el internamiento de Fujimori Higuchi en un penal por un plazo de 15 meses.
“[…] Yo creo que hay una fundamentación, una debida motivación de la resolución. […] Creo que, hasta donde se ha escuchado, [la resolución del juez] está armada con suficiencia y solidez. Va a entrar a una apelación a segunda instancia, no sé si se atreverá [la defensa de Keiko Fujimori] a ir a una casación o no”, dijo en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.
“Es una situación que puede ser atribuida a lo que hizo. De acuerdo a las resoluciones reiteradas que han sido confirmadas por distintas instancias [estas] manifiestan sospechas graves de la posible comisión de un delito de lavado de activos y ahora se han incrementado respecto de otros eventos delictivos, lavado de activos en criminalidad organizada, el tema del fraude procesal, de obstrucción a la justicia y falsedad genérica”, anotó.
Sospechas serias
Montoya Vivanco subrayó que de la lectura que hizo el magistrado de la resolución se desprende que hay hechos que han llevado al Ministerio Público a sospechas serias, y a obtener una serie de evidencias sobre actos que se asumen son obstruccionistas.
“Me refiero, sobre todo, a la cantidad de dinero ingresada de distinta fuente, el esfuerzo de simular aportes normales cuando no eran aportes normales, por decirlo de alguna manera. Y sumado a una segunda cuestión, que explicaría más su detención preventiva, que es la estrategia que ella ha optado para defenderse”, aseveró.
“Un imputado puede guardar silencio y el propio imputado no tiene responsabilidad por mentir. El silencio o mentir lleva a que la otra que ha ido desmantelando lo que uno dice se vaya afirmando como tesis principal, y lo que uno no dice o miente, pero no solo eso, sino que tratas de influenciar para hacer calzar tu tesis negatoria con actos que se sospechan son obstruccionistas, ahí tienes una serie de evidencias para ir determinando la detención preventiva. Si hubiese sido una actitud en la que de frente se aceptara todo, desactivaba por completo un esfuerzo por la detención preventiva, pero aquí no”, sentido.
Posibles plazos
Refirió, en otro momento, que hay quienes sostienen que el juez dispuso 15 meses de prisión preventiva como un marco de tiempo para que termine la investigación preparatoria. Describió, en ese sentido, la posibilidad de plazos futuros.
“[Podría darse] unos cinco o seis meses para el control de acusación, y en lo que le queda unos cinco o seis meses para la acusación en sí misma, donde puede haber un replanteamiento si es que se pueden ir encontrando más evidencias, pero yo creería que la acusación va a tener que ser planteada si eso si está así, que esta resolución de primera instancia sería como un parámetro de plazos que tiene el fiscal”, aseveró.
“No le está diciendo toma esos plazos, pero si es que se hace explícito su pensamiento, es como una forma indirecta de toma en cuenta esto, porque luego se te puede caer la prisión preventiva, los riesgos aumentan y tú verás y tú asumes ese riesgo probablemente”, remarcó.
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#YvánMontoya: Una interferencia por parte del #Ejecutivo y el #Congreso [en el sistema de justicia] resulta bastante difícil.
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