Yván Montoya - Ideeleradio
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Código dispone rapidez considerable

Ideeleradio.- El Código Procesal Penal otorga, a la medida de allanamiento, rapidez en su procesamiento y la no obligatoriedad de notificar con antelación a los investigados, explicó el ex procurador anticorrupción Yván Montoya.

“Frente a este tipo de pedidos [allanamiento] el Código Procesal Penal dispone de una rapidez considerable y de la posibilidad de que el investigado, en ese momento, recién se entere con la notificación”, afirmó en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.

Montoya Vivanco aludió de esta forma a las críticas que, desde Fuerza Popular, se han realizado por el allanamiento fiscal del último jueves a dos de sus locales partidarios, considerando tal diligencia un “agravio”.

Informó, además, que el allanamiento no es una decisión unilateral del Ministerio Público, sino que este debe seguir todo un proceso ante el Poder Judicial para poder llevarse a cabo.

“No es que el fiscal lo decide y lo realiza por sí mismo. Hay un juez, en este caso [Richard] Concepción Carhuancho, que ha autorizado la diligencia. Por lo tanto, verifica una serie de elementos, como es la razonabilidad del pedido […] El juez ha considerado razonable realizar esta operación”, expresó.

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