No debe ser anunciada

Ideeleradio.- La detención preliminar es una medida de coerción provisionalísima que solo le compete solicitar al fiscal y no es una facultad que tenga el procurador, precisó el exmagistrado Víctor Cubas.

Fue al comentar el pedido que la Procuraduría Anticorrupción planteó ante la Fiscalía para que se solicite la detención preliminar por siete días para Germán Málaga, Orestes Cachay, Carlos Castillo, Jorge Jarama, Mario Tavera, Alejandro Bussaleu y Óscar Suárez, por el caso denominado Vacunagate.

“No comparto la opinión de que un procurador de la República —que es abogado del Estado, una parte procesal—  plantee una prisión preliminar, porque esto no está dentro de sus facultades. La prisión preliminar es una medida de coerción provisionalísima que solo compete solicitar al fiscal. Y es más, la prisión preliminar no tiene por qué ser anunciada”, dijo en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.

“El fiscal lo formula [un pedido de prisión preliminar] por medio de un requerimiento en un momento determinado que solamente él conoce, porque él es el que maneja la información perteneciente a la investigación y determina la necesidad de que se decrete una prisión preliminar. El anunciar —de la manera que se ha hecho— lejos de contribuir al desarrollo de la investigación, lo perjudica”, anotó.

Impedimento de salida

Por otro lado, explicó que para los altos funcionarios, como el caso de los exministros, solamente puede dictarse medidas preliminares como el impedimento de salida del país.

“Aparece [inicialmente la noticia] como que se ha pedido detención preliminar para todos los involucrados. Si eso fuese cierto, sería un error. La prisión preliminar no procede contra los altos funcionarios del Estado. Contra los altos funcionarios solo puede imponerse una medida, en el ámbito de diligencias preliminares, de impedimento de salida del país”, puntualizó.

Cuidado con protagonismos

Cubas Villanueva sostuvo que se debe tener mucho cuidado con los afanes de protagonismo. Indicó que una investigación debe manejarse con serenidad y cautela, en el marco de la reserva.

“Hay que tener mucho cuidado con este afán de protagonismo. En una investigación hay que tener la suficiente serenidad para los pasos que se dan y hay que actuar con mucha cautela. Muchos actos procesales son reservados, y esa reserva hay que cuidarla muy celosamente para que la investigación se desarrolle de manera que alcance los objetivos previstos en la ley”, manifestó.

“El procurador público del Estado, en un caso extremo, podría dirigirse al fiscal, que es el sujeto procesal legitimado, diciéndole que considera que en este caso se debe solicitar la prisión preventiva, pero no hay necesidad de hacer una publicidad de eso, porque esto no contribuye, sino más bien perjudica la investigación, y podría dar lugar a que el procesado se fugue o trate de sustraerse de la acción de la justicia”, acotó.

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