Ideeleradio.- Cuando un justiciable tiene dudas sobre la imparcialidad de los jueces, se recurre a la recusación, afirmó el abogado Wilfredo Pedraza, tras sostener que el Tribunal Constitucional ha corregido decisiones erradas.
Fue al comentar la resolución de la Primera Sala Penal de Apelaciones, que declaró fundada la recusación presentada por la defensa del expresidente,Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia contra tres jueces de la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional.
“Cuando un justiciable tiene dudas de imparcialidad, lo que la regla procesal le ofrece es la recusación, que es un procedimiento no solo en el Perú sino universal, además ordinario, que no supone sanción administrativa o de demérito. Simplemente es ofrecer al investigado un juez neutro e imparcial”, dijo en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.
“Usualmente es verdad que la recusación se activa cuando la sala estaba por conocer un tema concreto, pero en este caso puntual hay un hecho tangible. Estaba pendiente la recusación por justamente la declaración de inconstitucionalidad de la decisión”, expresó.
TC corrigió decisiones erradas
El abogado sostuvo, en ese sentido, que el Tribunal Constitucional ha corregido decisiones judiciales erradas, que devino en arbitrariedades y que ese es el fundamento por el cual se ha planteado la recusación.
“El TC lo que ha señalado es que se trata de un habeas corpus reparador, porque se afectó la libertad personal y finalmente se trata de una corrección de decisiones judiciales erradas que han de devenir en arbitrariedades ilegales, pero generados por los magistrados, pero esas circunstancias por supuesto para nosotros genera una seria duda de imparcialidad y ese es el fundamento de la recusación”, anotó.
Pedraza Sierra defendió, asimismo, la recusación planteada contra la Segunda Sala Penal de Apelaciones y señaló que existen actividades procesales que serían vistas por dicho órgano.
“Hay una tutela pendiente, existen los recursos de apelación respecto a la incautación de los muebles y las cuentas de la señora Heredia. Hay actividades procesales que inevitablemente serían de conocimiento de la Segunda Sala de Apelaciones y que, por tanto, una recusación procede”, argumentó.
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